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Procedimiento de Fianza de la DRC

Un artículo anterior del blog Solutions de la DRC describía los tipos de seguridad financiera que pueden tener que ser pagados para convertirse en miembro o mantener la membresía en la DRC. En este artículo revisaremos el procedimiento para pagar la fianza con la DRC.

Los solicitantes de membresía de la DRC, Miembros, Personas y Empleados Conectados a la Responsabilidad, deben cumplir con ciertas condiciones para que la compañía se convierta en miembro y mantenga la membresía en la DRC. Cuando no se cumplen esas condiciones, es posible que se requiera que los solicitantes y miembros paguen una fianza. La fianza consiste en una suma de dinero dada a la DRC (por un período de tiempo definido) por un miembro como una promesa de realizar negocios de acuerdo con nuestras reglas. 

 

La DRC requiere la seguridad financiera de ciertos miembros como garantía a nuestros miembros de que la entidad que paga la fianza realizará negocios de acuerdo con nuestras reglas. Las razones para solicitar fianzas pueden incluir el empleo de una persona que haya sido previamente insolvente; que haya sido nombrado en una orden judicial; que no haya pagado un laudo arbitral; que no pudo probar que se puedan cumplir las obligaciones financieras; que haya sido expulsado de la DRC en los últimos cinco años, etc. Además, un miembro que normalmente sería expulsado de la membresía de la DRC puede evitar la expulsión mediante el pago de una fianza.

 

Una vez que se determina que se debe pagar la fianza, la persona debe proporcionar a la DRC una tarifa de inicio no reembolsable de $1,000.00 más impuestos, si corresponde. Una vez recibida, la DRC proporcionará información sobre el tamaño de la fianza que tendría que ser pagada. La fianza puede ser en forma de garantía, efectivo o cheque certificado o una carta de crédito irrevocable pagadera a la DRC por una institución financiera.

 

El período para prestar una fianza es de 30 días y comienza cuando se recibe la tarifa de inicio no reembolsable.

 

Cualquier fianza proporcionada a la DRC debe ir acompañada del acuerdo de seguridad de la DRC. La fianza se contabilizará durante tres años y nueve meses a partir de la fecha de emisión. El período puede extenderse por incumplimiento de ciertas condiciones de membresía.

 

Si el miembro viola una disposición de los estatutos y las Reglas de operación de la DRC, como no pagar un laudo arbitral, la DRC puede distribuir los fondos, según lo dispuesto en el Acuerdo de Seguridad vigente entre el miembro y la DRC.

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