Categories
Sin categorizar Sin categorizar

Normas de Comercio de la DRC – Sección 20 – Términos de Comercio

Como parte de nuestra serie continua para revisar las Normas de Comercio, la Sección 20 contiene los términos que se usan comúnmente en América del Norte. Se han escrito algunos artículos en nuestro boletín de noticias y blog de Solutions que se centran en situaciones en las que se utilizan estos términos comerciales. Abordaremos la mayoría de estos términos, que tienen que ver con INCOTERMS a veces inconsistentes (consulte el artículo Términos en uso en América del Norte y los INCOTERMS).

Por ejemplo, en América del Norte, los términos más utilizados son FOB y Entregado. Sin embargo, en los términos de comercio de la DRC, que son muy similares a los términos de comercio de PACA, el término FOB incluye términos adicionales como “Aceptación FOB”, “Aceptación Final FOB”, “FOB con inspección y aceptación al arribo”, “Venta FOB a precio de entrega” y “Franco a bordo del barco” (FOB Steamer). Estos términos son algo inusuales y, debido a que restringen severamente los derechos y responsabilidades, deben ser discutidos, comprendidos y acordados para aplicar a una transacción. Estos términos están definidos en detalle en esta sección de las Normas de Comercio y usted debe familiarizarse con ellos.

Otro término incluido en esta sección es “Precio después de la venta” (P.A.S., por sus siglas en inglés) o “Precio abierto”. Todavía hay cierta confusión entre compradores y vendedores que usan P.A.S. o Precio abierto, que no es lo mismo que consignación (artículo sobre Consignaciones vs. Precio Después de la Venta). Hemos visto casos en los que estos términos se intercambian y eso provoca un resultado diferente del que se entendió o se esperaba.

Finalmente, “Compra tras inspección”, “Inspección en el punto de embarque” e “Inspección final en el punto de embarque” también son términos muy restrictivos. Estos términos afectan los derechos de un comprador y las responsabilidades del vendedor y son muy diferentes de los términos más utilizados. Estos términos requieren que se realice una inspección en el punto de embarque u otra ubicación y limitan el derecho de un comprador/receptor a hacer un reclamo después de que se haya realizado una inspección. En otras palabras, el riesgo se transfiere al comprador después de que se realiza una inspección y limita el derecho a rechazar o hacer reclamos en el destino.

Verified by MonsterInsights