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Certificación de CanadaGAP en las Américas

CanadaGAP® es un programa desarrollado en Canadá para promover las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) para proveedores de frutas y verduras.

La CFIA ha reconocido a CanadaGAP como un sistema modelo para los controles preventivos de inocuidad de los alimentos para el sector de la horticultura. Sobre la base de una comparación completa de CanadaGAP, llevada a cabo por la CFIA con base en el Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos en Canadá (SFCR), la CFIA ha determinado que los requisitos del programa CanadaGAP aborda al 100% los elementos de inocuidad de los alimentos señalados en el SFCR. En otras palabras, no hay controles preventivos de seguridad alimentaria contenidos en el SFCR que aún no estén cubiertos por los requisitos del programa CanadaGAP.

CanadaGAP también ha logrado el reconocimiento internacional y está oficialmente comparable con la Iniciativa Mundial de Seguridad Alimentaria (GFSI) para las opciones de certificación B, C y D (para reempaque y venta al por mayor). GFSI es un esquema internacional de evaluación comparativa que evalúa los programas de inocuidad de los alimentos en función de una serie de requisitos acordados por minoristas, fabricantes y otras partes interesadas. https://link.spamstopshere.net/u/49159f5a/DsOmr72d6RGx-HsJh3soMg?u=http%3A%2F%2Fwww.mygfsi.com%2F

El reconocimiento de CanadaGAP por parte de la GFSI se otorgó por primera vez en 2010, se renovó en 2013 y se completó la evaluación comparativa con la última versión de los requisitos de la GFSI (versión 7.1) en junio de 2018.

Lanzado en 2008, el programa ha crecido para incluir a más de 3,100 compañías participantes de toda la industria de productos frescos de Canadá y EUA. Los servicios de auditoría están disponibles en dos organismos de certificación que operan en Canadá y en EUA. Un organismo de certificación también está aprobado para ofrecer auditorías de CanadaGAP en América Latina.

CanadaGAP mantiene actualizada una serie de recursos publicados por primera vez en 2017 en el sitio web de CanadaGAP. El propósito de estos materiales es ayudar a las empresas certificadas de CanadaGAP a capacitar a los empleados, interpretar los requisitos técnicos del programa y comprender cómo la certificación puede ayudarlos a cumplir con los requisitos reglamentarios, ya sea en Canadá o en los Estados Unidos. Los recursos disponibles incluyen Información para exportadores canadienses a los Estados Unidos sobre el Programa de verificación de proveedores extranjeros (FSVP) (disponible en inglés y francés), que se puede encontrar en www.canadagap.ca bajo Tools / “Food Safety Links” / FSMA Resources.

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¿Los mercados agrícolas requieren de una membresía de la DRC?

Hoy en día, muchos mercados agrícolas están abiertos los 12 meses del año, pero no hay duda, a medida que nos acercamos al verano y al otoño en Canada, de que estos son los meses de auge para los operadores y consumidores del mercado agrícola por igual.

Como parte de la iniciativa de difusión de la DRC y la preparación para el Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos de Canadá (SFCR), se desarrolló una serie de autoevaluaciones para ayudar a las personas a determinar su necesidad de una membresía de la DRC para garantizar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios del SFCR.  El SFCR exige que las personas que compren, vendan, importen o exporten frutas u hortalizas frescas sean miembros de la DRC con la cuota al día, salvo lo exceptuado por el reglamento.

Una de las categorías de negocios en la serie es Vendedor en Mercados Agrícolas y Otros que venden directo a los consumidores. Al considerar esta categoría, es importante comenzar con una definición establecida:

Vendedor en Mercados Agrícolas: un productor u otra persona que vende directamente a consumidores en un mercado agrícola, puesto de mercado o puesto de venta al lado del camino.

En algunos casos, una granja o unidad de producción puede contar con una entidad legal separada para fines de mercadeo. Dependiendo de la naturaleza de las transacciones y del destino final del producto, es posible que se requiera de una membresía de DRC para la entidad de comercialización, que podría ser un mercado agrícola.

La autoevaluación presenta una serie de escenarios de preguntas y respuestas, incluyendo:

  • Suplemento mi producción y/o ventas con productos comprados a otros productores radicados en una provincia distinta que el lugar de mis actividades comerciales o mercado agrícola/puesto. (Se requiere membresía de la DRC)
  • Suplemento mi producción y/o ventas con productos comprados a otros productores ubicados dentro de mi provincia para vender en una provincia distinta que el lugar de mis actividades comerciales o mercado agrícola/puesto. (Se requiere membresía de la DRC)
  • Embalo, despacho y vendo solamente frutas o verduras frescas que he cultivado yo mismo como una sola entidad comercial en un mercado agrícola o puesto de venta al lado del camino, así como a otra provincia y/o internacionalmente. (No se requiere membresía de la DRC)

Existen numerosos marcos de negocios y comercialización para mercados agrícolas o entidades comercializadoras. Para acceder a la autoevaluación con el fin de determinar si su mercado agrícola o entidad de comercialización requiere una membresía de la DRC, visite: https://t8t979.p3cdn2.secureserver.net/wp-content/uploads/2017/11/4_SFCR-DRC-Farm-Market-Direct-to-Consumers-Self-Assessment-SPANISH.pdf

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Normas de Comercio de la DRC, Sección 12. Obligaciones de los Comisionistas

Si desea conocer los derechos y responsabilidades del producto manejado en consignación, puede usar esta sección de las Normas de Comercio de la DRC como su guía. Estos son los elementos más importantes a tener en cuenta cuando los miembros aceptan productos para la venta en consignación:

  • Se requiere cuidado y diligencia razonables en la colocación del producto, y ventas rápidas del producto de manera justa y razonable.
  • El consignatario no puede emplear a otras personas o firmas para colocar todo el producto o parte de él, sin la autorización del consignador.
  • Un consignatario no está autorizado para vender productos en consignación sin el consentimiento del consignador.
  • No se permite establecer un promedio ni un fondo común (pool) de ventas a menos que el que lo recibe obtenga el permiso escrito específico del consignador.
  • El consignatario debe enviar una cuenta de venta detallada. Se debe proporcionar un informe preciso de ventas y gastos.
  • Los gastos o cargos deben estar respaldados por recibos o facturas correspondientes.
  • Un consignatario tiene derecho a una comisión cuyo porcentaje debería haberse discutido previamente.
  • Un consignatario no puede vender todo o parte del producto a una persona o firma sobre la cual tiene control directo o indirecto.

Otro tema importante a considerar es que, a menos que las partes acuerden lo contrario, el consignatario no está obligado a solicitar una inspección para demostrar la condición del producto a su llegada. La única vez que se requiere que el consignatario solicite una inspección es cuando se deshaga de más del 5% de la carga para demostrar que el producto no tiene valor comercial.

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Reunión General Anual de la Junta Directiva

Se celebró la Reunión General Anual (AGM) de la DRC y su Junta Directiva del 23 al 24 de mayo de 2019 en la ciudad de Quebec, Canadá. La DRC reportó a los miembros y a la Junta Directiva sobre las prioridades clave de la Corporación, incluida la función de la DRC bajo la Ley sobre la Salubridad de los Alimentos de Canadá, Membresía, Mercadeo y Asistencia Comercial. La Junta también recibió actualizaciones de la Agencia de Inspección Alimentaria de Canadá sobre los Servicios de Inspección en Destino y la implementación del nuevo Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos en Canadá. Durante la Reunión General Anual, los miembros eligieron a Frank Pagliaro (Canadá), Mike Stuart (EUA), Bret Erikson (EUA) y Gonzalo Aguilar (México) como directores.

La Junta Directiva y el personal también fueron recibidos por Patates Dolbec Inc., con un recorrido por sus instalaciones ultramodernas. Patates Dolbec Inc. es una empresa familiar que, durante los últimos 50 años, se ha ganado una reputación envidiable en el sector agroalimentario a través del trabajo arduo, una pasión incansable por la agricultura y un equipo dinámico que brinda experiencia e innovación al cultivo de papa. La Junta quedó especialmente impresionada por su Fábrica 4.0 que incluye un tren robótico y otra tecnología de vanguardia. En nombre de la Junta, expresamos nuestro profundo agradecimiento a Stéphan y Josée por un recorrido increíble.

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Cargamento dañado por temperaturas en tránsito

P: Recibimos un cargamento de hortalizas mixtas de un embarcador y solo parte del cargamento mostraba daños por congelación.  El resto del producto tuvo temperaturas adecuadas de pulpa y no presentó indicaciones de daños por congelación.  ¿Cómo puede ser posible que las temperaturas de la pulpa varíen tanto dentro del remolque?

R: Para responder a cómo pudo pasar esto, comencemos por recordarles que los remolques tienen la responsabilidad de mantener las temperaturas durante el tránsito. No tienen como intención enfriar o calentar el producto.  Las tres principales razones que se nos vienen a la mente como posibles causas de daños por congelación de solo una parte del cargamento son: a) El producto fue cargado a una temperatura superior a la que se calibró la unidad refrigerante; b) Una mala distribución de la carga bloqueando el flujo de aire o el ducto de aire; o, c) Mal aislamiento térmico del remolque o condiciones climáticas extremas.

a) El producto fue cargado a una temperatura superior a la que se calibró la unidad refrigerante

El Conocimiento de Embarque indica que las temperaturas se deben mantener a 33oF (0.6 oC). El producto se cargó con una temperatura de pulpa de 38oF (3.3oC); el punto de congelación del producto es de 30.5oF (-0.8 oC). La unidad de refrigeración se calibró a 34oF (1.1oC) en modo continuo. Cuando esto ocurre el sensor de retorno de aire va a comenzar a detectar la temperatura del producto (38oF/3.3oC) y el mensaje que transmitirá a la unidad refrigerante es que necesita bajar inmediatamente la temperatura del aire de descarga para bajar la temperatura en el remolque. Por lo tanto, el producto que esté directamente expuesto a la descarga del ducto de aire podría presentar daños por congelación pues la temperatura del aire que se descarga podría caer por debajo del punto de congelación del producto.

b) Una mala distribución de la carga bloqueando el flujo de aire o el ducto de aire

Una distribución de la carga que no permita la circulación adecuada del aire puede resultar en que el sensor de retorno de aire  lea temperaturas más altas de la temperatura a la que se ha puesto la unidad de refrigeración, transmitiendo por lo tanto el mensaje que se necesita descargar aire más frío. Normalmente un ducto de aire bloqueado resultará en temperaturas de pulpa más altas en la parte delantera del camión y temperaturas de pulpa más bajas en la parte de atrás del camión.  Esto se debe a que cuando la parte delantera del camión se comienza a calentar, la unidad de refrigeración cree que necesita descargar aire más frío y por lo tanto el producto más cercano al punto de descarga del ducto de aire se enfría.

c) Mal aislamiento térmico del remolque o condiciones climáticas extremas

Si el producto se carga muy cerca de las paredes de un remolque con mal aislamiento térmico esto podría resultar en daños  por congelación a las paletas más cercanas a los lados del remolque.  Esto puede ser el resultado de temperaturas exteriores muy frías en invierno o muy cálidas en verano. De manera similar al ejemplo previo, la unidad de refrigeración, para compensar y corregir el problema, descargará por lo general aire a temperaturas más bajas o más altas que el punto de temperatura al que se calibró la unidad.  Por ejemplo, si un camión viaja por el norte de los Estados Unidos o de Canadá en el invierno y no tiene un aislamiento térmico adecuado, hay una fuerte posibilidad que las paletas más cercanas a las paredes externas pudieran sufrir algún daño por congelación. Al revés, a pesar de un aislamiento técnico adecuado, algunas veces condiciones climáticas extremas, tales como un frío muy severo o un calor intenso, puede influenciar las temperaturas dentro del remolque.

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Solicitud oportuna de inspección

P. Compramos una carga de sandías bajo los términos FOB de Buena Llegada de la DRC. La carga se recibió el jueves por la noche y el viernes por la mañana nos pusimos en contacto con el embarcador para informarle que estábamos solicitando una inspección de la CFIA. La inspección de la CFIA se realizó el lunes. Los resultados de la inspección muestran que el producto no cumplió con los términos de Buena Llegada de la DRC en un 1% y ya habíamos vendido una parte del producto cuando la carga fue inspeccionada. Después de varias conversaciones con el embarcador, sólo están dispuestos a ofrecer un pequeño ajuste de precio. ¿Cuál sería el consejo de la DRC sobre este asunto?

R.Jaime Bustamante: En primer lugar, usted tomó las medidas correctas informando al embarcador y solicitando la inspección de manera oportuna, y procedió de acuerdo con las Normas de Comercio de la DRC. Si bien entendemos que usted no tiene el control del tiempo que tarda en inspeccionar el producto, como comprador FOB, este retraso está bajo la responsabilidad del comprador. Desafortunadamente, tiene tres elementos en su contra al tratar de reclamar daños contra el embarcador:

  1. Inspección oportuna: la inspección se realizó cuatro días después de la llegada.
  2. Directrices de Buena Llegada de la DRC: el informe de inspección indica que el producto falló sólo en un 1%, lo que podría significar que, si hubiera sido inspeccionado a su llegada, el producto podría haber cumplido con las tolerancias de buena llegada de la DRC.
  3. Muestra representativa: Debido a que una parte del producto no estaba disponible para su inspección, debe determinarse si la cantidad de producto inspeccionado se considera una muestra representativa. La regla de oro para que el producto inspeccionado se considere una muestra representativa es: “más del 75% de la carga debe estar disponible para la inspección”.

Como nota al margen, al recibir el producto y vender una parte del mismo antes de obtener la inspección, ha perdido el derecho a rechazar ese producto. Puede ofrecerle al embarcador que desplace el producto, pero él no estará obligado a aceptarlo. Descargar el producto para cualquier propósito que no sea una inspección es un acto de aceptación.

También cabe señalar que, según nuestra experiencia, un lote que no cumple con las Directrices de buena llegada de la DRC en un 1% cuatro días después de la llegada, seguramente hubiera cumplido con las tolerancias de ‘buena llegada’ si se inspeccionara el día en que llegó.

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Normas de Comercio de la DRC: Sección 11 – Obligaciones de los corredores

La definición común de un corredor es “un agente que negocia un contrato de compra y venta”. De acuerdo con las Normas de Comercio de la DRC, un corredor que no cumpla con alguna especificación u obligación en relación con una transacción, puede ser considerado responsable por los daños causados por causa de su incumplimiento. ¿Cuáles son esas especificaciones u obligaciones?

  • Informar plenamente a las partes involucradas en la transacción todos los términos y condiciones propuestos.
  • Presentar al vendedor y al comprador un Memorando de venta o una Confirmación de venta debidamente preparado, incluyendo todos los detalles esenciales del acuerdo, como el INCOTERM, la descripción del producto, el precio, los honorarios de corretaje o comisión, las condiciones de pago y cualquier otro detalle.
  • El memorando o confirmación de venta debe identificar a la parte que haya contratado al corredor. Si no contiene dicha información, se asumirá que el corredor fue contratado por el comprador.
  • El corredor tendrá derecho al pago de los honorarios de corretaje por la parte que lo contrató para que actuara como corredor.
  • Un corredor puede no tener derecho a honorarios de corretaje si no ha cumplido con sus obligaciones.
  • Un corredor no garantiza la conducta de las partes firmantes, pero tiene derecho a recibir, sin demora, pago del honorario de corretaje cuando se negocia un contrato válido y de cumplimiento obligatorio.
  • A falta de un acuerdo específico que indique lo contrario, el corredor no es responsable por el pago que el comprador debe efectuar al vendedor.
  • Un corredor que opera en doble capacidad, ya sea como un verdadero corredor o como un corredor de compras, debe divulgar claramente su situación antes de la finalización del contrato.
  • Un corredor no tiene autoridad para presentar reclamos ante un transportista. Sin embargo, si el corredor recibe información valiosa en relación con un reclamo contra el transportista, el corredor debe comunicársela prontamente al vendedor/comprador.

Es importante entender que esta definición no pretende cubrir los derechos y responsabilidades de un corredor de transporte. Sin embargo, hay algunas similitudes y para aquellos en logística o que son corredores intermediarios de transporte, sugerimos una revisión de la Sección 3 de la Normas de Transporte de la DRC.

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Participacion de DRC en Convenciones

Recientemente, la DRC tuvo el placer de exponer en la 94a edición de la Convención y Feria Comercial Anual de la CPMA en Montreal, Quebec del 2 al 4 de abril, y en la 5a Exposición anual Viva Fresh, que tuvo lugar en San Antonio del 25 al 27 de abril.

Agradecemos a todos los que asistieron al stand de la DRC en estos eventos o que se tomaron el tiempo para hablar con nosotros en la sala de exposiciones. Fue genial ver muchas caras conocidas, ponerse al día con los miembros de la DRC y conocer nuevos contactos. Como siempre, apreciamos las muchas preguntas planteadas tanto por los miembros como por los no miembros. Un tema común entre las numerosas discusiones trataba de los cambios regulatorios canadienses que entraron en vigor en enero de 2019.

Ambos eventos ofrecieron grandes oportunidades educativas. La sala de aprendizaje “Learning Lounge” de la CPMA y las sesiones de negocios eran informativas y estimuladoras, y las Sesiones Educativas en Viva Fresh generaron diversas discusiones sobre temas que afectan a la industria de los productos agrícolas. Siempre es interesante escuchar de primera mano diferentes perspectivas e inquietudes basadas en las experiencias de la vida real de un individuo y su posición en la cadena de suministro de frutas y hortalizas.  Estas oportunidades nos inspiran a seguir creciendo, hacer mejoras y perfeccionar la manera en que ayudamos a los miembros.

Continuamos asistiendo a los eventos, y esperamos escuchar a nuestros miembros y miembros potenciales mientras trabajamos para enriquecer y agregar más valor a la gama de servicios que la DRC ofrece a la industria.

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Iniciativa de ventanilla única (SWI) – Declaración integrada de importación (IID)

La Agencia de Inspección Alimentaria de Canadá emitió recientemente el siguiente recordatorio a todos los importadores:

“ENLACE ACTUALIZADO

Como saben muchos importadores comerciales y agentes de aduanas, la Agencia de Inspección Alimentaria de Canadá (CFIA) ha alentado a sus clientes a enviar sus solicitudes de liberación a través de la Declaración Integrada de Importación (IID) de la Iniciativa de Ventanilla Única (SWI) al momento de declarar las importaciones reguladas por el CFIA a la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (CBSA).

En breve, la IID presentada por medio de la SWI (SW IID) será la única opción de declaración electrónica para los importadores comerciales y agentes de aduanas que declaren importaciones reguladas por la CFIA. Esta iniciativa reemplazará los sistemas heredados del intercambio electrónico de datos (IED), a saber, el sistema de revisión previa a la llegada de otro departamento gubernamental (OGD PARS) y la liberación aduanera contra documentación mínima de otro departamento gubernamental (OGD RMD).

Aunque muchos clientes de la CFIA ya están utilizando la SW IID, recomendamos encarecidamente que todos los importadores comerciales y agentes de aduanas regulados por la CFIA hagan el cambio al sistema actualizado de declaración de importación lo antes posible.

Para obtener más información sobre la SWI IID y sus beneficios, lea nuestro aviso a la industria (disponible únicamente en inglés y francés)”.

Este recordatorio está relacionado con un artículo publicado en el blog de la DRC en marzo de 2019 titulado: “Confirmación de venta (COS) de Canadá para CFIA“.

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Dumping

El término “dumping” se ha difundido en los diversos medios d nuestra industria últimamente, pero ¿qué es exactamente el dumping? En términos de comercio internacional, el diccionario Merriam-Webster define el dumping como “la venta de bienes en cantidad a un precio inferior al del mercado”. En esta publicación del blog, desglosaremos un poco el concepto general de dumping, pero sin entrar en los detalles de las diversas formas de dicha práctica, tales como el dumping de precios y el dumping oficial.

El dumping implica dos aspectos. El primero, el exportador, o un grupo de exportadores que trabajan juntos, vende un producto a un importador a un precio más bajo que lo que el exportador vendería en su mercado nacional o le costaría al productor producir el producto. El segundo aspecto del dumping es la cantidad de bienes que se venden. Dumping implica la venta repetida de gran cantidad de bienes. Estos dos aspectos en conjunto eventualmente otorgarían al exportador (o a los exportadores) la capacidad de controlar un porcentaje o un segmento del mercado extranjero. El dumping es una forma de discriminación de precios. La discriminación de precios ocurre en muchas formas, pero todas involucran la venta del mismo producto a diferentes precios a distintos grupos de consumidores. Con respecto al dumping en el comercio internacional, los clientes del país importador se ven favorecidos al poder comprar un producto a un precio más bajo que el del mercado. Este precio reducido garantiza que el importador siga comprando a ese exportador para continuar con el patrocinio del cliente y mantener una ventaja de venta competitiva.

Esto suena muy bien para los clientes finales, sin embargo, existen dos inconvenientes principales con respecto al dumping. El dumping deja poco espacio para que otros exportadores internacionales y empresas nacionales puedan competir contra ese exportador. Luego, una vez que el exportador tenga un buen manejo del mercado extranjero y otras empresas ya no pueden competir con éxito o se consideran una amenaza, ahora puede controlar la oferta, la calidad y el precio en el futuro de ese producto, teniendo así monopolio en el mercado.

Con tanta atención y prensa desfavorable, uno pensaría que la práctica del dumping estaría prohibida. La Organización Mundial de Comercio (OMC), la única organización que tiene la autoridad para tratar con las reglas de comercio entre países, no prohíbe el dumping ni actúa contra los exportadores acusados de dumping. Sin embargo, la OMC monitorea y regula las medidas que un país puede y no puede tomar cuando cree que un exportador está practicando el dumping de productos en su país. A menos que un país pueda probar que el exportador está practicando el dumping de productos y causando daños a las industrias nacionales, a menudo no hay recurso contra el dumping.

Como resultado de estos factores, la mayoría de los países no son aficionados del dumping y pretenden evitarlo en lugar de combatirlo. Generalmente, cuando un país entra en un acuerdo de libre comercio con otros países, existe una estipulación en torno al dumping y la imposición de aranceles y cuotas a los exportadores para que sean proactivos contra el dumping. Este enfoque proactivo ha sido más exitoso para combatir el dumping, ya que es costoso y laborioso para un país probar que está sucediendo dicha práctica.

Entonces, ¿por qué un país exportador se arriesgaría a una reacción negativa y un recurso financiero si se llegue a probar la existencia del dumping? A corto plazo, el dumping puede beneficiar al país exportador con la creación de empleos y la sostenibilidad del empleo. A medida que el exportador continúe aumentando su participación de mercado en el país importador, el actual personal de la empresa exportadora podrá mantener su empleo, y se crearán nuevos puestos de trabajo a medida que aumente la participación del exportador en el mercado extranjero. Por otro lado, en el país importador, el dumping tiene la capacidad de promover la innovación en las industrias nacionales, así como en otros competidores internacionales, en su búsqueda de mantenerse actual y competitivo. Las empresas nacionales necesitarán ser creativas y encontrar formas adicionales de mantener o recuperar su participación en su mercado nacional y crecer a nivel internacional.

En conclusión, el dumping es un tema complejo con muchos factores, y se pueden presentar numerosos argumentos a favor o en contra del dumping según su posición o función. Hay puntos válidos que puede hacer un exportador, así como los importadores, el gobierno e incluso el consumidor.

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