Categories
Sin categorizar Sin categorizar

De la CFIA: un mes para la entrada en vigor de los nuevos requisitos del SFCR; el fin de la aplicación suave; y nuevos requisitos de la UE

El 15 de enero de 2020, la mayoría de las empresas en el sector de frutas o verduras frescas (FVF) estarán sujetas a nuevos requisitos de acuerdo al Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos en Canadá (SFCR).

Los requisitos que entrarán en vigencia a partir de esta fecha incluyen: controles preventivos, planes de control preventivo y trazabilidad, incluido el etiquetado del código de lote de frutas o vegetales frescos preenvasados para venta al consumidor. Sin embargo, los productores y cosechadores tendrán hasta el 15 de enero de 2021 para agotar los empaques existentes.

Licencias de importación y membresía de la DRC

A partir del 15 de enero de 2019, los importadores de frutas o verduras frescas debían obtener una licencia de la CFIA para la Salubridad de los Alimentos en Canadá (licencia SFC) y una membresía de la DRC (www.fvdrc.com).

Los importadores que requieren una licencia SFC y que no poseen una licencia alimentaria válida o una membresía válida de la DRC antes del 15 de enero de 2020, pueden experimentar demoras o la denegación de entrada de su envío en la frontera, y pueden estar sujetos a otras acciones de aplicación del SFCR.

Prepárese ahora

Las empresas FVF deberían comenzar ahora a aprender y prepararse para los nuevos requisitos. Están disponibles documentos de orientación nuevos y actualizados en el sitio web de la CFIA:

Frecuencia de inspección

El número de veces que la CFIA inspecciona un negocio de alimentos depende de varios factores, y el riesgo para la seguridad alimentaria es uno de ellos. Usando su cuenta de “My CFIA”, las empresas con licencia SFC pueden proporcionar información operativa y de riesgo que podría ayudar a reducir el resultado de riesgo de su establecimiento, y así disminuir la frecuencia o el alcance de las inspecciones.

Se alienta a las empresas a iniciar sesión en “My CFIA” y agregar la información adicional del establecimiento a su perfil. Los titulares de licencias que no completen esta información podrían ser inspeccionados al mismo ritmo que un establecimiento al que se le ha asignado el resultado de mayor riesgo para el producto en cuestión.

Visite la página web de My CFIA para obtener más información.

Los exportadores pronto estarán sujetos a nuevos requisitos de la UE

Si exporta a la Unión Europea (UE), manténgase atento a una nueva gestión automática de listas de correo y un aviso a la industria sobre los nuevos requisitos fitosanitarios de la UE para fruta fresca, así como algunas plantas, semillas y otros materiales. Los nuevos requisitos de la UE entrarán en vigencia el 14 de diciembre de 2019. Comuníquese con su oficina local de la CFIA antes de exportar cualquier material vegetal a la UE.

Pregunte a los expertos

En noviembre y diciembre de 2019, la CFIA estará organizando sesiones de preguntas y respuestas en las que los representantes de la industria pueden preguntar a los expertos del SFCR sobre los nuevos requisitos que entrarán en vigencia para el sector de FVF el 15 de enero de 2020. Visite el sitio web de la CFIA para obtener más información.

Para obtener más información sobre el SFCR, visite inspection.gc.ca/SafeFood.

Categories
Sin categorizar Sin categorizar

Normas de comercio de la DRC – Sección 19 Parte II

Como se mencionó en nuestro artículo anterior sobre las Normas de Comercio, en esta edición del blog revisaremos las siguientes definiciones incluidas en la Sección 19: “pago pronto y completo” y “tiempo razonable”. En la próxima edición analizaremos “Rechazo sin causa razonable”, “condiciones adecuadas para el embarque” y “dar cuenta veraz y correcta”.

“Pago pronto y completo”

Es importante recordar que la DRC respeta los términos de pago establecidos por las partes. La mayoría de las veces, la factura del productor o del embarcador incluirá los términos de pago, o los términos de pago de acuerdo con las normas de PACA o de la DRC. Sin embargo, en ausencia de un acuerdo sobre los términos de pago, como en el caso de partes que no establecen sus términos de pago por escrito, las Normas de Comercio de la RDC se convierten en las reglas predeterminadas. Este concepto incluye términos de pago puntuales predeterminados para productores, expedidores, corredores, agentes y compañías de transporte:

  • El pago a los productores, expedidores y vendedores por transacciones de precio fijo debe hacerse dentro de los 10 días a partir del día en que se acepta el producto.
  • El pago en las consignaciones o transacciones de cuenta conjunta debe hacerse dentro de los 10 días a partir de la fecha de la venta final con respecto a cada envío, o dentro de los 20 días a partir de la fecha en que las mercancías se aceptan en el destino, utilizándose la que fuera primera de las dos fechas.
  • Las facturas del corredor deben pagarse dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la factura del corredor.
  • Pago a los productores, a los agentes de los productores o a los expedidores por parte de agentes o corredores de mercados terminales, quienes venden en beneficio de la cuenta de un productor, agente de los productores, o expedidor, y que tienen autorización para cobrar del comprador o el receptor, debe hacerse dentro de los 5 días posteriores a la fecha en que el agente o corredor reciba pago del comprador o receptor.
  • Pago a la parte que lo contrata, dentro de los 10 días posteriores a la fecha de recepción, de los ingresos netos obtenidos de un reclamo ante un transportista en relación con una transacción en consignación o, en conexión con una transacción en cuenta conjunta, pago a los socios en cuenta conjunta de su porción de los ingresos netos a la cuenta conjunta obtenidos del reclamo ante un transportista;
  • En los casos en que los agentes de los productores combinen el producto de varios productores, dentro de los 30 días posteriores a la fecha de recepción del producto de la parte que lo contrata para la venta, o dentro de los 5 días de recibido el pago por el agente, utilizándose la que fuera primera de las dos fechas.
  • Cuando los contratos se basan en términos distintos a los aquí descritos, el pago se debe al proveedor-vendedor dentro de los 20 días a partir de la fecha de aceptación del envío según los términos del contrato.

“Tiempo razonable”

Un período de tiempo razonable para notificar un problema o para solicitar una inspección cuando el producto se recibe en condiciones deterioradas, no debe exceder las 24 horas con respecto a los envíos por ferrocarril, aéreos y por barco. Sin embargo, para envíos recibidos por camión, son sólo 8 horas.

Sin embargo, si las condiciones climáticas adversas impiden la inspección de una carga, el plazo se extenderá hasta que las condiciones del clima permitan la inspección. Es responsabilidad del receptor asegurarse de que el vendedor esté informado de estos eventos.

Además, para los envíos que llegan en días no laborables o después de terminado el día de trabajo en días laborables, cuando no se encuentre presente un representante del receptor con autoridad para rechazar envíos, no se incluirán las horas no laborables previas al comienzo de las horas normales de trabajo del próximo día laborable. Sin embargo, para aquellos envíos que llegan durante horas normales de trabajo en las que habitualmente esté presente un representante del receptor con autoridad para rechazar envíos, el período se contará corrido sin interrupciones, salvo en el caso de envíos que lleguen menos de dos horas antes del cierre del día normal de trabajo, en cuyo caso el tiempo que reste en el período se extenderá y correrá desde el comienzo de las horas normales de trabajo del próximo día laborable.

Categories
Sin categorizar Sin categorizar

Directrices de Buena llegada de la DRC en cargas que demoran más de 5 días

P. Somos un embarcador de EUA y tenemos una membresía de la DRC. Enviamos una carga FOB desde Nogales a Montreal y tardó 6 días en llegar a destino. El receptor solicitó una inspección de la CFIA a su llegada y se realizó el mismo día. Los resultados de la inspección muestran un 16% de defectos totales. El producto se vendió bajo las directrices de Buena Entrega de PACA, lo que permitió un 15% de defectos totales, pero, en nuestra opinión, debido a que tardó seis días en llegar a Montreal, el producto debería tener tolerancias adicionales para los defectos. Por lo tanto, nuestro producto cumpliría con la Directrices de Buena Llegada. ¿Cuál es la opinión de la DRC sobre este asunto?

R. Jaime Bustamante. Entendemos que cuando se utiliza la pauta de PACA de Buena Entrega en 5 días, la tolerancia a los defectos puede variar según el tiempo de tránsito. Si bien PACA puede reducir las tolerancias de defectos en viajes de menos de 5 días, es necesario presentar pruebas adecuadas de por qué conceder un aumento de las tolerancias de defectos en viajes de más de 5 días. Hasta ahora, no conocemos ningún precedente de PACA que haya extendido las tolerancias máximas de 5 días. Además, esta es una transacción internacional donde el producto salió de EUA y entró en la jurisdicción de otro país. Por lo tanto, las Directrices de Buena Llegada de la DRC se aplican a la transacción. Las pautas de Buena Llegada de la DRC son una combinación de la Buena Entrega de 5 días de PACA y las Tolerancias Reglamentarias Canadienses a Destino y las Directrices sobre Condiciones Apropiadas de Embarque. Sin embargo, las Directrices de Buena Llegada de la DRC sólo toman en cuenta las tolerancias de los defectos basadas en un viaje de 5 días, independientemente de si el viaje dura menos o más de 5 días. Se puede hacer un argumento para usar tolerancias más bajas para viajes de uno o dos días para reducir las tolerancias de defectos, pero se deben considerar otros factores para que esto se aplique, como el tipo de mercancía o el modo de transporte.

Parte de la justificación de la DRC al considerar sólo la tolerancia a defectos de 5 días se basa en el hecho de que cubrimos transacciones internacionales con miembros ubicados en todo el mundo, donde el producto puede tardar mucho más de 5 días en llegar a destino, y no sería justo extender la tolerancia a los defectos creando un problema para que un receptor comercialice productos con muchos más defectos.

Si bien no tenemos todos los detalles de la transacción que se describe en la pregunta mencionada anteriormente y suponiendo que ocurrieron el tiempo de tránsito y las temperaturas normales, según la información provista, el producto no pudo cumplir con las Directrices de Buena Llegada de la DRC en un 1%.

Categories
Sin categorizar Sin categorizar

Las ferias de Fruit Attraction y The Grocery Innovations

En octubre, la DRC asistió a Fruit Attraction en Madrid, España, y a la feria y conferencia The Grocery Innovations en el Centro de Congresos de Toronto. Este fue el segundo año consecutivo en que la DRC asistió a Fruit Attraction, y el evento de 3 días de 2019 atrajo a más de 89,000 visitantes de 127 países. La DRC pudo reunirse con varias empresas españolas y sudamericanas que exportan a Canadá y Estados Unidos, así como conectarse con algunos miembros europeos actuales. Nos impresionó la cantidad de miembros canadienses de la DRC que conocimos durante el evento y que solo tenían buenos comentarios al respecto.

La Feria y Conferencia The Grocery Innovations es un evento de dos días que se enfoca en supermercados independientes y todos los aspectos de sus operaciones comerciales. Además de centrarse en el producto local, el espectáculo tenía un toque internacional, ya que incluía pabellones de España, Corea y Sri Lanka. A medida que el personal de la DRC caminaba por la feria comercial, era evidente que muchos supermercados independientes no están familiarizados con todos los cambios relacionados con el Reglamento sobre la Salubridad de los Alimentos en Canadá (SFCR), y cómo impacta en sus negocios. La DRC buscará oportunidades próximamente para garantizar que las minoristas de alimentación independientes comprendan sus obligaciones relacionadas con el SFCR, en particular el requisito reglamentario para ser miembro de la DRC.

Categories
Sin categorizar Sin categorizar

Actualizaciones de membresía – noviembre del 2019

Bienvenidos nuevos miembros

En noviembre la DRC dio la bienvenida a las siguientes organizaciones como miembros:

  • 9407-6007 QUEBEC INC.
  • AV PRODUCE LTD.
  • AVO AZTECA SA DE CV
  • BIG H FOODS INC. (Also d/b/a Big H)
  • DAILY VEGGIES (A d/b/a of 9900390 Canada inc.)
  • FRUTICOLA VILLAMANGOS, SPR de RL (Chris&Co)
  • JEAR LOGISTICS, LLC
  • MOBCHER CANADA INC.
  • MUCHO GUSTO MEXICO (A d/b/a of Distribuidor de Colores y Sabores Naturales M, INC)
  • NATIONAL PRODUCE TRADING COMPANY LLC
  • OCEAN HARVEST SEAFOODS INC.
  • SPADINA HOLDING GROUP
  • SUPREME BERRY FARMS, LLC
  • XFRESH PRODUCE LTD.

Membresía de DRC: Cambio de estatus

A partir del 30 de noviembre del 2019, las siguientes organizaciones ya no cuentan con una membresía de la DRC:

  • 3J PRODUCE LTD.
  • 9265-7816 QUEBEC INC.
  • AGROINCA PPX (También haciendo negocios como Agroinca Produc
  • ANGEL SEAFOODS LTD.
  • GREAT GIANT FOODS CANADA INC.
  • HEARTLAND RESOURCES INC.
  • KERN RIDGE GROWERS LLC
  • KNOTEK BROS INC. (Also, d/b/a Geo Produce)
  • MED-ALG IMPORT & EXPORT (A d/b/a of Mohamed Tahar Mallem)
  • NEW LIFE LAND INC.
  • YASHICA INTERNATIONAL INC.

Para detalles sobre el cambio de estatus, favor de comunicarse con la oficina.

Nota: Después de la terminación de membresía, las empresas siguen siendo responsables de los reclamos que surgieron antes de la terminación si el reclamo se presenta a la DRC mediante una Notificación de controversia dentro de los nueve (9) meses a partir de la fecha en que surgió el reclamo o dentro de los nueve (9) meses a partir del momento en que el demandante debería haber sabido razonablemente de su existencia.

Sobre la DRC

La DRC es una organización sin fines de lucro basada en la membresía, cuyo trabajo principal es la resolución de controversias comerciales entre empresas con respecto a los productos agrícolas. La DRC es un árbitro entre las partes cuando una compra y venta no se realiza según el plan. Los miembros se adhieren a un conjunto común de normas de comercio y responsabilidades de los miembros que promueven el comercio justo y ético para productos agrícolas que ingresan al mercado norteamericano. En Canadá, la membresía en la DRC es un requisito reglamentario para comercializar frutas y verduras frescas (es decir, comprar, vender, importar, exportar) a menos que se exceptúe de las regulaciones. Hoy día, la DRC cuenta con miembros en 14 países fuera de América del Norte, y la membresía continúa creciendo anualmente. Cualquier persona que exporte frutas y verduras frescas a Canadá debe vender a un miembro de la DRC.

Además de las Reglas de Operación y las Normas de Comercio de la DRC, la Corporación ofrece un conjunto integral de herramientas personalizadas para desarrollar el conocimiento de los miembros y su capacidad de evitar o resolver disputas. Estas herramientas incluyen la educación, la mediación y el arbitraje. La DRC tiene la capacidad de imponer sanciones y medidas disciplinarias a los miembros que no realizan negocios en conformidad con los términos de su acuerdo de membresía.

Hasta la fecha, la DRC ha resuelto reclamos que exceden los $ 83 millones de dólares, y aunque el arbitraje está disponible, el 80% de esos reclamos se han resuelto en un promedio de 26 días a través de nuestros servicios informales de consulta/mediación. Los laudos arbitrales son exigibles por los tribunales en los países signatarios de la Convención de Nueva York sobre el Reconocimiento y la Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras o convenciones posteriores.

Para obtener más información, comuníquese con nuestro Escritorio de Asesoría en [email protected] o (+1) 613-234-0982 o visítenos en www.fvdrc.com.

Verified by MonsterInsights