Estudios de Casos

Lo más importante que puede hacer antes, durante y después de una controversia es comunicar claramente sus expectativas y documentar su interpretación. Si está de acuerdo con un ajuste de precio por teléfono, envíe un mensaje electrónico breve confirmándolo. Si el socio comercial renuncia a sus derechos de realizar una inspección federal, confírmelo una vez más por correo electrónico o fax.

Estudio de caso 1: Destinatario reclama daños

Contexto

La compañía A envió un camión cargado con 1,920 cajas de brócoli de California a la compañía B en Quebec. Los términos del contrato fueron FOB sin Clasificación/Grado, Buena llegada. El tiempo de tránsito y la temperatura fueron normales en el lugar de destino. Al llegar, la compañía B solicitó una inspección federal la cual se realizó en sus instalaciones el mismo día. La inspección mostró un total de 16% del producto magullado, y los resultados se enviaron al reclamante en un período de veinticuatro horas, tal como lo estipula el apartado 10 de las Normas de comercio de la DRC.

Análisis

  • Según las Directrices de buena llegada de la DRC, las tolerancias para el brócoli vendido FOB sin Clasificación/Grado, Buena llegada son no más del 15% de defectos totales y no más del 4% de pudrición. Los defectos que se encontraron en la inspección indicaron que el brócoli no cumplió con las Directrices de buena llegada de la DRC.
  • Después que el consignador, Compañía A, recibió el resultado de la inspección el cual indicó que el producto no cumplió con las Directrices de buena llegada de la DRC, ellos se comunicaron con el destinatario, Compañía B, para determinar la mejor forma de vender el producto.
  • Desafortunadamente, las partes no llegaron a un acuerdo y la Compañía B decidió “manejar el producto” por cuenta de la Compañía A.

Escritorio de Asesoría de la DRC:

  • Una vez que se establece que el producto no cumple con las Directrices de buena llegada de la DRC, las partes deben comunicarse para discutir cómo se debe vender el producto. Si no se llega a un acuerdo, el destinatario es responsable de pagar el precio de la factura menos los daños demostrables.
  • Dos semanas más tarde, el informe de liquidación se envió al consignador. La Compañía A observó nuevamente que se incluyeron gastos que nunca se discutieron ni acordaron tales como almacenamiento, manejo y comisión.

Resultado

  • Ante la ausencia de un acuerdo sobre la forma de vender productos que no cumplan con las Directrices de buena llegada de la DRC, el destinatario/comprador solamente tiene derecho a presentar “reclamo por daños”.
  • Puesto que el destinatario/comprador ha aceptado el producto (consulte el apartado 19 de las Normas de comercio de la DRC (hyperlink) para ver la explicación de cuáles actos constituyen aceptación), ellos tienen que hacer todo el esfuerzo posible para vender el producto a un precio justo y deducir de sus ventas los gastos regulares como transporte, inspección y corretaje.
  • Los gastos en los que no se incurre a raíz del incumplimiento del contrato, tales como almacenamiento, manejo o comisión, no se consideran gastos regulares, y no deberían deducirse salvo si se han convenido con antelación.
  • No presentar una contabilidad precisa y oportuna puede poner en peligro la capacidad del receptor/comprador de reclamar daños.
Estudio de caso 2: Reclamo de la compañía de transporte

Contexto

La compañía On The Road Transportation Co. entregó un cargamento a la Compañía B a tiempo, tal como estaba programado. Al llegar, la temperatura de la pulpa del producto era alta y no se encontraba el pedimento de embarque. Por consiguiente, el destinatario, Compañía B, selló el pedimento de embarque “Recibido con protesta debido a temperatura alta. No se encontró registro de temperatura.”

Análisis

  • Es la responsabilidad de la compañía de transporte entregar todos los artículos firmados en el pedimento de embarque, incluyendo los registradores de temperatura. Si el conductor no tiene oportunidad de presenciar la carga, el pedimento de embarque debería firmarse “carga y conteo del consignador.”
  • Si el conductor no puede verificar la temperatura de la pulpa del producto antes de su partida, se debería notificar al destinatario inmediatamente, y el pedimento de embarque debería marcarse según corresponda.
  • Si el conductor firma por un registrador de temperatura, pero no se recupera en el lugar de destino, eso crea una inferencia negativa en el camión.
  • Si el registro del contenedor refrigerado no está disponible, es posible que el destinatario no sea capaz de comprobar que las condiciones de tránsito eran normales y, por ende, sería cada vez más difícil presentar una demanda contra el consignador.
  • La Compañía B solicitó inmediatamente una inspección de temperatura y condición y ambas se realizaron de manera oportuna.
  • Los resultados de la inspección de temperatura indicaron que la temperatura del producto estaba entre 4 y 5 grados por encima de la temperatura de tránsito deseada.
  • La inspección de condición mostró que el producto tenía 20% de pudrición y 45% de descoloramiento. El producto no cumplió con las Directrices de buena llegada de la DRC.

Resultado

  • Para presentar una demanda de manera exitosa, es necesario tener los siguientes tres componentes:
    1. prueba de incumplimiento de contrato;
    2. prueba de daños; y,
    3. prueba de que los daños son a raíz del incumplimiento del contrato.
  • La Compañía B puede demostrar los primeros dos componentes con la inspección de temperatura y condición, la cual nos indica que se abusaron las temperaturas y hubo deterioro.
  • La pregunta sigue siendo, ¿el abuso de temperatura causó los daños registrados en la inspección federal?
  • La cantidad promedio de defectos anotados en la inspección parece excesiva para ser atribuida totalmente a temperaturas no deseadas durante el tránsito. Sin embargo, puesto que no hay registros de temperatura durante el tránsito y el conductor no indicó en el pedimento de embarque ningún problema con la temperatura en el punto de envío, sería difícil comprobar que el consignador puede ser parcialmente culpable.
Estudio de caso 3: Defectos permanentes (de calidad) frente a defectos de condiciones

Contexto

La Compañía A envió un camión cargado con 1,000 cartones de cebolla desde Texas a la Compañía B en Toronto. Los términos del contrato fueron FOB sin Clasificación/grado, Buena llegada, y el tiempo de tránsito y las temperaturas eran normales. Al llegar, la Compañía B solicitó una inspección federal la cual se realizó en sus instalaciones el mismo día. La inspección reveló un 3% de pudrición, 5% pelado, 4% catáfilos aguados y 8% especímenes ovoides (un defecto permanente/de calidad) con un total de 20% de defectos.

Escritorio de Asesoría de la DRC:

  • Según las Directrices de buena llegada de la DRC las tolerancias para las cebollas vendidas FOB sin Clasificación/Grado, Buena llegada son no más del 15% total de defectos, 10% de la misma condición de defecto y 4% de pudrición.
  • Los defectos documentados por el inspector indicaron que las cebollas cumplían con las Directrices de buena llegada de la DRC, debido a que los defectos permanentes/de calidad no son defectos que se puedan marcar en las transacciones FOB sin Clasificación/Grado, Buena llegada.

Resultado

  • Una vez recibida una copia de la inspección, la compañía de transporte, Compañía A, llamó al destinatario, la Compañía B, intentando renegociar el precio. Sin poder llegar a un acuerdo sobre un precio nuevo, la Compañía B decidió tratar este cargamento como precio abierto y lo vendió por cuenta de la compañía de transporte.
  • Si no se establece que el producto no cumplió con las Directrices de buena llegada de la DRC, se deja al destinatario sin recurso para presentar un reclamo por daños. El destinatario aún es responsable por el precio completo de la factura.
  • Si el destinatario considera que en este caso ellos no podrían recuperar los gastos, sugeriríamos aceptar cualquier ajuste de precio que ofrezca la compañía de transporte para minimizar sus pérdidas.
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