Cambios a los requisitos de certificación para cebollas importadas a Canadá desde los Estados Unidos

Atención: Los requisitos de certificación para las CEBOLLAS importadas a Canadá desde los Estados Unidos han cambiado. Si usted importa cebollas cultivadas en los Estados Unidos, lea a continuación para obtener informaciones importantes.

Por favor, tenga en cuenta que se han actualizado los siguientes documentos en el Sitio externo de la CFIA:

1) Resumen – Importación y Requisitos Interprovinciales para Frutas y Hortalizas Frescas, en: http://www.inspection.gc.ca/food/fresh-fruits-and-vegetables/imports-and-interprovincial-trade/overview/eng/1361145453562/1361146543611

2) Directrices para Solicitar y Administrar Exenciones Ministerial para Frutas y Hortalizas Frescas, en: http://www.inspection.gc.ca/food/fresh-fruits-and-vegetables/imports-and-interprovincial-trade/fresh-fruit-and-vegetables/eng/1352298547504/1352298753680

 

1) Resumen – Importación y Requisitos Interprovinciales para Frutas y Hortalizas Frescas

-De acuerdo con el Plan de acción más allá de la frontera, la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos(CFIA – Canadian Food Inspection Agency) llevará a cabo un “proyecto piloto de cebolla” destinado a eliminar los requisitos de certificación (verificación de grado de calidad) para las la cebollas cultivadas en los Estados Unidos e importadas a Canadá desde los Estados Unidos.

-El proyecto piloto de cebolla incluirá cebollas cultivadas en los Estados Unidos e importadas de los Estados Unidos que se comercializan frescas a los consumidores o que se destinan para mayor procesamiento/reempaque (a granel).

-Los requisitos revisados de importación a Canadá para las cebollas entrarán en vigor el 20 de enero de 2014 y permanecerán en vigor hasta el 30 de abril de 2014. Durante este período de tiempo, la inspección y certificación realizadas por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA_ (certificado de inspección del USDA [FV-205]) o por la CFIA (Inspección de Liberación de Aduana) no serán necesarias para las cebollas cultivadas en los Estados Unidos e importadas de los Estados Unidos. Las cebollas deberán aun cumplir con el grado mínimo y los requisitos de etiquetado y empaquetado según los Reglamentos para Frutas Frescas y Hortalizas.

-Las cebollas cultivadas en un país distinto de los Estados Unidos e importadas de un distribuidor estadounidense (no en depósito aduanero) a Canadá todavía requerirá una FV-205 o formulario de liberación condicional (seguido por Inspección de Liberación de Aduana) para que pueda ser considerada conforme con los requisitos canadienses de importación.

 

2) Directrices para solicitar y administrar Exenciones Ministeriales para Frutas y Hortalizas Frescas

– La Sección 5.2 de las Directrices de Exención Ministerial ha sido revisada para reflejar las condiciones del “proyecto piloto de cebolla”. Puesto que el USDA ya no estará certificando las cebollas a granel cultivadas en los Estados Unidos para su exportación a Canadá, las Exenciones Ministeriales (EMs) ya no se enviarán al USDA. Las EMs serán impresas bajo el membrete de la CFIA y firmadas para cada cargamento individual y enviadas al solicitante. El solicitante debe asegurarse de que una EM original esté en el punto canadiense de ingreso para cada cargamento que esté entrando a Canadá.

– Un monitoreo (visitas de control) puede realizarse para garantizar el cumplimiento con los términos de la EM.

-Para los raros casos donde cebollas son cultivadas en un país distinto de los Estados Unidos e importadas de un distribuidor de Estados Unidos a Canadá, se aplicarán los mismos procedimientos de Exención Ministerial que para las manzanas y las papas.

 

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